Si bien esn necesario buscar la manera de frenar la posibilidad de que esos 10 mil casos queden impunes, tampoco resulta sensato que se le entreguen ‘superpoderes’ al Ministerio Público.
Cursa en el Congreso un proyecto de reforma a la Procuraduría General, presentado por la titular del ente disciplinario, Margarita Cabello, y por el ministro del Interior, Daniel Palacio, al que se le hacen toda clase de críticas, debido a las complejas consecuencias que tendría su aprobación o no aprobación. Otro punto de debate es si debería ir con mensaje de urgencia presidencial, como fue presentado.
De acuerdo con la Misión de Observación Electoral (MOE), el visto bueno del Legislativo desataría situaciones que pondrían en riesgo el Estado de Derecho y le otorgaría ‘superpoderes’ al Ministerio Público que generaría mayores desequilibrios entre las ramas del poder; los cambios son tan profundos que no debería tramitarse como ley ordinaria, sino como Ley Estatutaria. No aprobarlo, podría llevar a que cerca de 10 mil procesos que se tramitan en la Procuraduría prescriban por vencimiento de términos.
Todo tiene que ver con el artículo 33 del Código General Disciplinario –Ley 1952 de 2019– que entraría en vigencia, y que establece que la acción disciplinaria prescribe a los 5 años de cometida la presunta falta, mientras que el actual Código Disciplinario Único –Ley 734 de 2002– dice que prescriben si pasados 5 años de la falta no se abre investigación. Las nuevas reglas de juego entrarían a regir a partir del próximo 1 de julio.
Así las cosas, casos como el de Alejandro Lyons por el ‘cartel de la hemofilia’ en Córdoba; el del exsenador Plinio Olano Becerra, por Odebrecht; la mayoría de investigaciones a funcionarios públicos por el Programa de Alimentación Escolar (PAE), y el caso contra el exdirector de la Policía Óscar Atehortúa, por presuntas irregularidades en la construcción de casas fiscales en San Luis (Tolima), quedarían impunes.
Otra polémica desatada por ese proyecto nace de la generación de un número indeterminado de cargos adicionales (se habla de unos 500) en la Procuraduría, lo cual no se compadece con la realidad de crisis económica y fiscal por la que atraviesa el país. Más grave aún, que no haya estudio de impacto económico que respalde esta iniciativa.
Sin embargo, lo más delicado es que el Ministerio Público quede facultado para hacer allanamientos, inspecciones corporales, registros, retención de correspondencia, seguimientos a personas e intervenir comunicaciones. Se busca, contrariando la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que la Procuraduría pueda inhabilitar, suspender o destituir funcionarios elegidos por voto popular, situación que podría restar garantías a los partidos contrarios al titular de esa entidad en un momento determinado (Para la Corte IDH eso solo puede ocurrir cuando haya “condena, por juez competente, en proceso penal”).
Si bien es necesario buscar la manera de frenar la posibilidad de que esos 10 mil casos queden impunes, tampoco resulta sensato que se le entreguen ‘superpoderes’ al Ministerio Público que puedan terminar el extralimitación de funciones e irregularidades. Tampoco se le debe dar vía libre a la creación de más burocracia en la Procuraduría, cuando lo que se necesita son ajustes presupuestales en el Estado.
