El Gobierno Nacional emitió la semana pasada un protocolo para la intervención de la Policía en las protestas públicas de los ciudadanos. Esta decisión se desprende de un fallo de la Corte Suprema de Justicia en el que ordena que se tomen medidas para garantizar que la intervención de los agentes del Estado no sea “sistemática, violenta, arbitraria y desproporcionada”. De acuerdo con la Corte habría que crear un “Estatuto de reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del Estado, y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana”.
En la nueva norma se establece que está prohibido el uso de armas de fuego por los uniformados, tomando en cuenta lo ocurrido en Bogotá y Soacha el 9 y 10 de septiembre del año pasado, cuando 13 personas murieron por disparos de las armas de dotación de la Policía en las protestas, las cuales se desencadenaron por la muerte del ciudadano Javier Ordóñez, como producto de la brutalidad policial. El criterio en todos estos asuntos debe ser la proporcionalidad, nunca el abuso y los excesos.
Las reglas señaladas hablan acerca de que la prioridad deberá ser siempre el diálogo y la mediación, con lo que se le empieza a dar ese giro civilista a la Policía. Sin embargo, eso no quiere decir que se abandone la posibilidad del uso de la fuerza cuando las manifestaciones se tornen violentas, pero claramente se establece que esa intervención “se sujetará a la intensidad y peligrosidad de la amenaza”. Ojalá todos estos aspectos no se queden en letra muerta, sino que haya una aplicación real de la norma.
Habrá ahora Comisiones de Verificación delegadas para las protestas, que podrán acudir a los organismos de control para corroborar que no se usen armas letales, y que la intervención del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) se haga como último recurso. Además, se tendrá que diferenciar entre quienes ejercen el derecho de la protesta pacífica y quienes ejecuten actos de violencia que pongan en peligro derechos fundamentales o cometan conductas punibles, lo que debe ayudar a una autorregulación que evite desmanes de lado y lado.
Como se muestra, el decreto emanado de los ministerios del Interior y de Defensa interpreta el sentido del fallo de la Corte y resulta bastante equilibrado y sensato. No es pertinente el reclamo de algunos sectores que siguen exigiendo el desmonte del Esmad. Si bien esa fuerza no puede excederse como en el infortunado caso del joven Dylan Cruz, muerto a causa de un disparo con un arma supuestamente no letal, resulta absolutamente necesario cuando las protestas se convierten en vandalismo.
Como sea, y ante el riesgo de que este tipo de manifestaciones se tornen violentas, lo mejor sería que se hallaran otras formas de protesta pacífica distintas a las marchas en las calles y a la obstrucción de la movilidad para el resto de ciudadanos. La invitación es a que se puedan mostrar las inconformidades y defender derechos sin necesidad de afectar los derechos de los demás.
